Consideraciones desde el CADIA
La Argentina posee la “Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas” Nº 20247/72. La misma tiene por objetivos principales: promover la eficiente producción y comercialización de semillas; asegurar calidad e identidad de la semilla al productor y proteger la propiedad de las creaciones fitogenéticas.
El INASE (Instituto Nacional de Semillas) es el órgano de aplicación de la Ley de semillas: es un organismo descentralizado con autarquía económica y financiera con personería para actuar en el ámbito del derecho público y privado.
UPOV es la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales. Es una organización Internacional Intergubernamental, con personalidad jurídica internacional y sede en la OMPI, Ginebra, Suiza. A ella pueden adherirse los países. Actualmente son 61 miembros.
El Convenio UPOV data del año 1961, pero ha sido revisado en tres ocasiones: en los años 1972, 1978 y 1991. Cada revisión de UPOV establece el aumento de protección de los derechos de obtentores, cuyo opuesto es la restricción al privilegio de los agricultores.
La Argentina es miembro de la UPOV desde diciembre de 1994. Está adherida a UPOV 78. En ese momento no lo hizo a UPOV 91 porque en la propia ley nacional estaban incluidas algunas de las propuestas de esa última revisión.